Los anuncios por parte del Poder Ejecutivo respecto a una propuesta de ley para resolver la situación de “irregularidad” de las personas afectadas por la Sentencia 168-13 generaron una gran expectativa a nivel local. De acuerdo al análisis de IRC Profile1, la “ley de naturalización” figuraba en el quinto lugar entre los diez hechos de mayor participación en la prensa nacional entre enero y marzo de 20142, cuando entonces no había sido siquiera sometida al Congreso para su consideración. Aunque no se cuenta con estadísticas sobre su cobertura en la prensa después del primer trimestre del año, es razonable estimar que su cobertura aumentó en el segundo trimestre mientras transcurrían las consultas iniciadas por el Poder Ejecutivo a fines de marzo hasta las reacciones después de la adopción de la Ley 169-14 que fue promulgada el 23 de mayo de 20143 y su Reglamento promulgado el 23 de julio.

Antes de abordar la reacción por parte de organizaciones de sociedad civil y personas afectadas respecto a la Ley 169 es importante diferenciar entre las posturas iniciales una vez conocido el contenido de la misma (ver Tabla 5.1) y la crítica respecto a su implementación, la cual, debido a su importancia para determinar su impacto frente al propósito de dicha ley, se abordará aparte.

Tabla 5.1

Tabla 5.1b

El preámbulo de la Ley 169-14 deja claro que la misma busca “una solución al problema que enfrentan las personas que, si bien irregularmente inscritas en el Registro Civil por el propio Estado, han actuado a través de sus vidas bajo la premisa de que gozan de la nacionalidad dominicana”. En relación a ello, la reacción por parte de la sociedad civil fue pragmática: aunque se mantuvo en su posición de que las inscripciones no fueron irregulares ya que a las personas nacidas antes de la promulgación de la Constitución de 2010 tenían la nacionalidad dominicana, reconoció que la ley proponía un camino para corregir el efecto de la Sentencia 168-13 y que a través de ella conseguían ser acreditados nuevamente como dominicanos/as.4

Sin embargo, en relación al grupo B, que como muestra el recuadro son las personas que nacieron en el país hijos de extranjeros/ as en situación irregular y que no fueron inscritas, se rechazó que tuvieran que registrarse como extranjeras para luego poder optar por un proceso de naturalización, con lo cual seguían recibiendo un trato discriminatorio.5

A pesar de no estar de acuerdo, en principio, con el procedimiento previsto en la ley para las personas no inscritas, las organizaciones de la sociedad civil vieron en ella una oportunidad para atenuar la vulnerabilidad de personas que nunca habían obtenido documentos y estaban en riesgo de apatridia. De igual forma, algunos activistas consideraron que esta ley, al dividir a la población de descendientes de migrantes nacidos en el país en dos grupos, indirectamente dio más visibilidad a la causa y la magnitud del fenómeno de personas no inscritas6. En consecuencia, estas organizaciones participaron activamente en los diálogos sobre el borrador del decreto que reglamentaría la aplicación de la Ley 169 en relación a este grupo7, y que fue divulgado públicamente por la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo el 5 de julio convocando a los interesados a emitir observaciones y sugerencias hasta el 18 de julio.8 Asimismo, una vez firmado el 23 de julio el Decreto 250-14 que establece el Reglamento de aplicación de la Ley No. 169-14, y que entró en vigor el 29 de julio tras su publicación en la Gaceta Oficial, estas organizaciones hicieron un llamado a diferentes sectores del país y a la sociedad civil en general a apoyar la iniciativa y participar como veedores de su implementación.9

El llamado a apoyar y defender la iniciativa de la Ley 169-14 y su Reglamento está vinculado en parte a la crítica por parte de algunos sectores políticos, y en particular por senadores de la Fuerza Nacional Progresista y nacionalistas miembros del Comité Dominicano por la Solidaridad con Haití, quienes intentaron presionar al gobierno para que modificara la propuesta del Reglamento por considerar que violaba la constitución y que “convertiría a la unidad que cree el Ministerio de Interior y Policía en una fábrica de falsificación de identidad”.10 En particular, se alegaba que al facultar al Ministerio de Interior y Policía (MIP) a analizar las solicitudes de inscripción en el libro de extranjería se invadía la competencia de la JCE; asimismo, las referencias a la falsificación de identidades se basaban en que los métodos de prueba se enfocaban en demostrar el lugar de nacimiento y no tomaban en cuenta la afiliación familiar.11

Como resultado de ello, tras promulgarse el Decreto 250-14 (ver síntesis en Tabla 5.2) los sectores conservadores mencionados depositaron un recurso de inconstitucionalidad contra éste.12 Esto último refleja que a pesar del consenso político y social que se había logrado pactar en torno a la Ley 169, el respaldo por parte de sectores conservadores a dicha ley era frágil lo cual podría traer consecuencias para su implementación.

Tabla 5.2 Decreto 250 14 Reglamento de aplicación de la Ley No. 169 14

Reacción a nivel internacional

Las organizaciones internacionales de derechos que se pronunciaron sobre la Ley 169-14 también se refirieron a la misma como un esfuerzo importante para otorgar la nacionalidad dominicana a las personas afectadas por la Sentencia 168-13, expresando a su vez preocupación por el régimen separado y menos favorable para los no inscritos en el Registro Civil. Una de las primeras en pronunciarse fue la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien lamentó “que la norma no incluya a aquellos que no fueron inscritos al nacer, y que creemos que son la gran mayoría de los afectados”.13 Asimismo, el Grupo de Trabajo de Expertos de Naciones Unidas sobre los Afrodescendientes exhortó al país a “restaurar la nacionalidad” de los no registrados al nacer a través de un proceso efectivo y transparente, señalando además que dicho proceso “ayudaría a reforzar la lucha contra la discriminación y la exclusión social a la que hacen frente los afrodescendientes en el país”.14

Posteriormente, en su discurso ante el Congreso Nacional durante su visita al país a mediados de julio, el Secretario General de la ONU, Ban Ki-Moon, reconoció los esfuerzos de la Presidencia para promover la aprobación de la Ley 169, notando que quedaba mucho por hacer y pidiendo que “perseveren en esta ardua labor para lograr un consenso que permita resolver la apatridia, proteger los derechos de todas las personas afectadas y evitar la privación de la nacionalidad”.15

Por otra parte, una de las reacciones más fuertes respecto a la Ley 169-14 fue la del Centro Robert F. Kennedy para la Justicia y los Derechos Humanos (Centro RFK), que a través de un comunicado emitido el 22 de mayo, señaló que la ley formalizaba “la denegación de la nacionalidad por nacimiento” a los descendientes de personas extranjeras no inscritas, negando al mismo tiempo la nacionalidad a personas nacidas entre 2007 y 2010 al registrarlas arbitrariamente como extranjeras.16

De manera similar, Amnistía Internacional notó que ninguna de las soluciones planteadas por la ley disponía el restablecimiento automático de la nacionalidad como había solicitado la Comisión Interamericana en sus observaciones preliminares tras su visita al país, ya que, incluso en el caso de las personas ya inscritas, debían esperar primero a que la JCE transcribiera y regularizara sus actas. Para el caso de las personas no inscritas, “se enfrentan a un largo y difícil procedimiento legal para reclamar su nacionalidad partiendo de cero… Si no pueden poner en marcha este procedimiento o si se detecta que no cumplen los criterios que marca la ley, corren grave peligro de expulsión”.17

Por otro lado, durante la audiencia especial que tuvo el Presidente Medina con el Papa Francisco a mediados de junio de 2014 se incluyó el alcance de la Ley 169-14 entre los temas abordados, mostrando así el interés por la evolución del tema de la nacionalidad de dominicanos/as de ascendencia haitiana en otras instancias internacionales.18 Otra figura pública a nivel internacional que se refirió a la Ley 169 fue el Vicepresidente de los Estados Unidos, quien elogió al Presidente Medina por la manera decisiva y rápida en que consiguió la aprobación de esta ley en el Congreso notando que quedaba pendiente su instrumentación que sería de vital importancia para su aplicación.19

El desarrollo más importante a nivel internacional fue, sin embargo, el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Sentencia 168-13 y la Ley 169-14 a través de su sentencia sobre el caso de personas haitianas expulsadas vs. República Dominicana del 28 de agosto de 2014, cuyo contenido fue divulgado el 22 de octubre de 2014. Al referirse a ellas, la Corte nota que los dos instrumentos parten de considerar como extranjeras a personas hijas de personas extranjeras en situación irregular y que este entendimiento, aplicado a personas nacidas antes de entrar en vigencia la Constitución de 2010, conlleva a una privación retroactiva de la nacionalidad.20 La Corte señala, además, que la Sentencia 168-13, al disponer medidas de carácter general, priva de seguridad jurídica en el disfrute de su derecho a la nacionalidad dominicana a quienes les corresponde dicha nacionalidad.21 Asimismo, encontró que dicha sentencia viola el derecho a la igualdad de la ley consagrado en el artículo 24 de la Convención, porque la introducción del criterio de la estancia irregular de los padres como excepción para adquirir nacionalidad vía ius soli “termina por revelarse discriminatorio como tal en República Dominicana, cuando se aplica en un contexto que previamente se ha señalado como discriminatorio de la población dominicana de ascendencia haitiana, que a su vez resulta ser un grupo desproporcionadamente afectado por la introducción del criterio diferenciado”.22

De igual manera, en relación a la Ley 169-1423, este tribunal señala, entre otros, que someter a las personas a una posibilidad de acceder a un proceso solo por tiempo limitado “que eventualmente puede derivar en la “adquisición” de una nacionalidad que en realidad ya deberían detentar, implica someterlas a un obstáculo en el goce de su derecho a la nacionalidad”.24En consecuencia la Corte concluye que esta Ley, al igual que la Sentencia 168-13, son contrarias a las obligaciones convencionales del país de adoptar disposiciones de derecho interno respecto a los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre y a la nacionalidad, así como el derecho a la identidad y la igual protección de la ley. Como parte de las medidas reparatorias, la Corte dispuso que el Estado debía adoptar, en un plazo razonable, las medidas necesarias para que la sentencia señalada y los artículos 6,8 y 11 de la Ley 169-14 dejaran de surtir efectos jurídicos, así como “para “dejar sin efecto toda norma de cualquier naturaleza… que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las personas nacidas en el territorio de República Dominicana, por resultar tales normas, prácticas, decisiones o interpretaciones contrarias a la Convención Americana”.25Cabe señalar que esta sentencia causó un fuerte rechazo por parte de diversos sectores a nivel nacional, incluido el propio gobierno, quien a través de un comunicado emitido el 23 de octubre la tildó de “extemporánea, sesgada e inoportuna”, además de señalar que cualquier cuestionamiento a los poderes del Estado se consideraba inaceptable.26Por su parte, el Presidente de la JCE manifestó que acatar la sentencia implicaría disolver el Registro Civil y que limitaría las investigaciones sobre suplantaciones y falsificaciones de documentos.27 De igual forma, el expresidente Leonel Fernández se refirió a esta sentencia en el marco de un discurso ante la OEA realizado el 13 de noviembre, opinando que la Corte se extralimitó en su fallo y que ello deslegitimizaba la confianza en su trabajo.28 Llama la atención también las reacciones de algunas figuras públicas, como el Cardenal López Rodríguez, quien cuestionó la credibilidad de este tribunal internacional señalando a sus jueces de charlatanes.29

Otro desarrollo importante fueron las observaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU tras el último examen de los informes periódicos de República Dominicana al Comité30, el cual tomó nota de la Ley 169-14 expresando preocupación por la baja tasa de aplicación de dicha ley y que el proceso establecido en ella no se ajustara plenamente a las obligaciones del país bajo la Convención de los Derechos de niños/as.

Debido a ello, este Comité instó al Estado, a que “a) Garantice el restablecimiento de la nacionalidad a todas las personas, incluidos los niños, que hayan nacido antes de la Constitución de 2010 y se hayan visto afectadas por la sentencia del Tribunal Constitucional de 23 de septiembre de 2013; b) Vele porque no se expulse a ninguna persona, incluidos los niños, que se haya visto afectada por la sentencia del Tribunal Constitucional; c) Aplique políticas y prácticas en materia de ciudadanía que no tengan carácter retroactivo ni sean discriminatorias; d) Ratifique la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas, de 1954, y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, de 1961; e) Solicite asistencia técnica a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), entre otros, para la aplicación de estas recomendaciones”.31

Por otra parte, la situación de documentación de descendientes de migrantes nacidos en el país también fue abordada en el marco de dos conferencias internacionales realizadas en 2014. Durante el Primer Foro Global sobre la Apatridia, realizado en La Haya del 15 al 17 de septiembre y auspiciada por la Universidad de Tilburg con apoyo de ACNUR, hubo un panel sobre el tema de apatridia de cara a la República Dominicana en el que participaron una delegación de la Cancillería a nombre del gobierno y la Directora de OBMICA, que se enfocó en las acciones por parte de la sociedad civil.32 Cabe destacar que el anuncio por parte del Jefe de Misión de ACNUR en el país, de que Juliana Deguis sería invitada a participar en dicho foro, causó expectativa y desinformación a nivel nacional a raíz de las denuncias de sectores conservadores que criticaron esta invitación presentándola como parte de una campaña de desprestigio al país liderada por esa agencia de Naciones Unidas en el país. Sin embargo, tras el evento, el Canciller aclaró que el encuentro fue fructuoso y opinó que el testimonio de Juliana era muestra de los esfuerzos del país por garantizar los derechos de las personas.33

La segunda conferencia señalada, “Hispaniola 2014: Justicia, Nacionalidad y Migración”, fue realizada en la Universidad de Oslo el 18 y 19 de septiembre, con la participación de académicos y profesionales de diversos sectores de la isla. Esta conferencia también contó con la representación de una delegación de la Cancillería dominicana que a través de una presentación de la Vicecanciller sobre “las nuevas relaciones bilaterales entre la República Dominicana y Haití”, expuso, entre otros temas, los alcances de la Ley 169-14.34 La Directora de OBMICA también participó como invitada en un panel en el que se abordó la agudización del riesgo de apatridia a raíz de la Sentencia 168-13.35

Referencias:

1 Image Research and Communication (IRC) Profile. (2014). “Los 10 hechos de mayor participación en la prensa República Dominicana. Enero-Marzo 2014”, https://www.facebook.com/IrcProfile/photos/a.651368964929723.1073741827.430868203646468/668224096577543/?type=1&theater  

2 Los datos están disponibles en la siguiente dirección: https:// www.facebook.com/IrcProfile/photos/a.651368964929723.1073741827.430868203646468/668224096577543/?type=1&theater La Sentencia 168-13 figuraba de primera en la lista abarcando el 32.16% de la cobertura de la prensa para ese periodo.

3 El proyecto de ley fue sometido al Congreso Nacional el 15 de mayo. Fue aprobada unánimemente bajo trámite de urgencia por la Cámara de Diputados al día siguiente y convertida en ley por el Senado el 22 de mayo.

4 Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas. (2014). “Posicionamiento del Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas sobre Ante Proyecto de Ley Presidente Medina”. Portal noticias Centro Bonó, 16 de mayo de 2014, http://bono.org.do/posicionamiento-delcomite-de-solidaridad-con-las-personasdesnacionalizadas-sobre-ante-proyectode-ley-presidente-medina/#more-5222

Red de Centros Sociales Jesuitas. (2014). “Red de centros sociales jesuitas pondera aportes de la Ley de convalidación y naturalización promulgada por el poder ejecutivo”. Comunicado de prensa del 26 de mayo de 2014, Portal de noticias Centro Bonó, http://bono.org.do/red-de-centros-sociales-jesuitas-pondera-aportes-de-la-ley-deconvalidacion-y-naturalizacion-promulgada-por-el-poder-ejecutivo/

Centro Bonó. (2014g). “RECONOCI.DO se mantendrá vigilante ante justa aplicación de la Ley que convalida sus actas de nacimiento y rechazan remisión al libro de extranjería para los no inscritos”. 22 de mayo de 2014, http://bono.org.do/reconoci-do-se-mantendra-vigilante-antejusta-aplicacion-de-la-ley-que-convalidasus-actas-de-nacimiento-y-rechazan-remision-al-libro-de-extranjeria-para-losno-inscritos/

Centro Bonó. (2014h). “La Ley de Régimen Especial y Naturalización, un paso de avance hacia un Estado de Derecho”. 7 de junio de 2014, http://bono.org.do/la-ley-de-regimen-especial-y-naturalizacion-un-pasode-avance-hacia-un-estado-de-derecho/

Movimiento Reconoci.do y Comité Comunitario de MUDHA. (2014). “Posicionamiento del movimiento RECONOCI.DO y del Comité Comunitario de MUDHA con relación al anteproyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo ante el Congreso Nacional. 19 de mayo de 2014”, Portal noticias Centro Bonó, http://bono.org.do/posicionamiento-de-movimiento-reconoci-do-y-del-comite-comunitario-demudha-con-relacion-al-anproyecto-deley-presentado-por-poder-ejecutivo-ante-congreso-nacional/#more-5229 /

Estas organizaciones expresaron reservas respecto a la discrecionalidad otorgada a la JCE ya que se le permite determinar cuáles actas convalida y cuales caen en la excepción prevista por el artículo 3 de la ley que excluye los registros instrumentados con falsedad de datos.

5 Red de Encuentro Dominico Haitiano Jacques Viau. (2014). Nota de prensa de la Red de Encuentro Dominico Haitiano-Jaques Viau, sobre la Ley de Naturalización 16914. 29 de mayo de 2014, http://cndhrd.blogspot.com/2014/05/nota-de-prensade-la-red-de-encuentro.html#more Esta organización señaló, además, que se aprobó una “extranjerización por la vía legislativa” y expresa preocupación por los costos que incurrirían las personas del grupo B para su registro como extranjeros y su regularización migratoria.

6 Esto sobresalió durante la entrevista a una vocera del Movimiento Reconoci.do, realizada el 16 de junio de 2015.

7 Entre otros, estas organizaciones pedían que se extendiera el plazo de 90 días para depositar la solicitud de registro ante el MIP y que en un plazo no mayor de 15 días a partir de la promulgación del reglamento ya estuvieran conformadas las unidades de aplicación del mismo. También pidieron la aplicación inmediata de la Ley 169 respecto al grupo A para que personas de este grupo y que tuvieran hijos que nunca fueron registrados, es decir que cayeran en la categoría B, pudieran acogerse de la Ley 169-14. Centro Bonó. (2014i). “Centros Sociales Jesuitas proponen modificar aspectos del Reglamento”. 18 de julio de 2014, http://bono.org.do/centros-sociales-jesuitas-proponen-modificar-aspectos-delreglamento/#more-5452

8 Diario Libre. (2014d). “Gobierno presenta reglamento Ley de Naturalización a la opinión pública”. Diario Libre, 5 de julio de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/07/05/i687111_gobiernopresenta-reglamento-ley-naturalizacinopinion-pblica.html

9 Centro Bonó. (2014j. “Bonó llama a todos los sectores a unir esfuerzos alrededor del Reglamento de la Ley 169-14”. 24 de julio de 2014, http://bono.org.do/bonollama-a-todos-los-sectores-a-unir-esfuerzos-alrededor-del-reglamento-de-la-ley169-14/#more-5478

10 Según fuentes de prensa, la FNP advirtió a la Presidencia que rompería su alianza con el PLD si se aprobaba el reglamento. Guzmán, A. y Y. Rosario. (2014). “La FNP amenaza a Danilo Medina de que rompería su alianza con el PLD”. Diario Libre, 16 de julio de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/07/16/i702941_fnp-amenaza-danilo-medina-que-rompera-alianza-con-pld.html /

Diario Libre. (2014e). “Expertos divididos con el reglamento de la Ley 169-14”. Diario Libre, 9 de julio de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/07/09/i692011_expertos-divididos-con-reglamento-ley-169.html

11 Diario Libre. (2014e).

Mejía, Rosario y De la Rosa. (2014). “Reacciones a favor y en contra del Reglamento de la Ley 169-14”. Diario Libre, 25 de julio de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/07/25/i717201_reaccionesfavor-contra-del-reglamento-ley-169.html

12 Pimentel, K. (2014). “Nacionalistas someten recurso de inconstitucionalidad contra Reglamento Ley 169”. Acento.com.do, 1 de agosto de 2014, http://acento.com.do/2014/actualidad/8161097-nacionalistas-llaman-fabrica-de-identidada-reglamento-de-ley-169/ El recurso de inconstitucionalidad que había sido depositado en contra de dicha ley no había sido decidido al finalizar el año. Sin embargo, durante la edición final de este informe, se conoció que el Tribunal Constitucional, mediante Sentencia TC/0077/15, rechazó suspender los efectos de la Ley 169-14, del Decreto 250-14 y el Decreto No.327-13. Méndez, F. (2015). “El Tribunal Constitucional rechaza suspender el Plan de Regularización de Extranjeros”. Diario Libre, 29 de abril de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2015/04/29/i1122281_tribunal-constitucional-rechaza-suspender-plan-regularizacin-extranjeros.html

13 Diario Libre. (2014c). “ONU lamenta que proyecto dominicano sobre nacionalidad no sea más amplio”. Diario Libre, 23 de mayo de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/05/23/i623051_onu-lamenta-que-proyecto-dominicano-sobrenacionalidad-sea-amplio.html

14 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH). (2014). “Expertos de la ONU piden restaurar la ciudadanía a los nacidos en República Dominicana, pero no inscritos al nacer”. Ginebra, 20 de junio de 2014, http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=14751&LangID=S

15 Diario Libre. (2014j. “Ban Ki-moon pide perseverar labor para resolver situación de hijos de extranjeros nacidos en República Dominicana”. Diario Libre, 17 de julio de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/ban-ki-moon-pide-perseverar-labor-para-resolver-situacin-de-hijos-de-extranjeros-nacidos-en-repblica-dominicana-EPDL704541 http://www.fmreview.org

16 Centro Robert F. Kennedy para la Justicia y los Derechos Humanos (Centro RFK). (2014). “Nueva Ley de Naturalización en RD continúa discriminación contra miles de víctimas de ascendencia haitiana.” Comunicado de 22 de mayo de 2014, disponible en http://acento.com.do/2014/actualidad/8142924centro-kennedy-ley-legaliza-la-desnacionalizacion-de-miles-de-personas/  

17 Amnistía Internacional. (2014). “República Dominicana: Ley sobre naturalización, un paso en la dirección correcta”. 3 de junio de 2014, https://www.es.amnesty.org/noticias/noticias/articulo/republicadominicana-ley-sobre-naturalizacion-unpaso-en-la-direccion-correcta/ La Directora del Programa para América de esta organización también destacó como preocupante que la JCE tuviera un rol principal en la aplicación de la ley, ya que la imparcialidad de este organismo, dado su récord en el pasado, era cuestionable.

18 El Caribe. (2014). “El Papa y Danilo hablan sobre ley de naturalización”. El Caribe, 13 de junio de 2014, http://www.elcaribe.com.do/2014/06/13/papa-recibe-danilo-medina  

19 Mejía, M. y A. Peguero. (2014). “Joe Biden califica de “Líder decidido” a Medina, por lograr Ley de Naturalización”. Diario Libre, 20 de junio de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/06/20/i663401_joe-biden-califica-lder-decididomedina-por-lograr-ley-naturalizacin.html  

20 Corte Interamericana de Derechos Humanos. (2014:párr.323). Caso de Personas Dominicanas y Haitianas Expulsadas vs. República Dominicana. Sentencia del 28 de agosto de 2014 (Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas). Disponible en http://corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_282_ esp.pdf

El razonamiento de la corte se basó en que antes de la Constitución de 2010, “o al menos antes de la sanción en 2004 de la Ley General de Migración no había una práctica estatal constante ni una interpretación judicial uniforme en el sentido de negar la nacionalidad a los hijos de extranjeros en situación irregular.” (Ibíd.párr.295). La Corte también se refirió a una decisión de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Distrito Nacional en 2003 que negó la asimilación de la condición de ilegalidad de los extranjeros al concepto de tránsito por tratarse de figuras distintas.

21 (Ibíd. párr.314).

22 (Ibíd.párr.318).

23 La Corte examina los artículos 6, 8 y 11 de la Ley aplicables a las víctimas del caso en cuestión. En este sentido no se pronunció sobre los efectos de los artículos relativos al procedimiento especial para personas que habían sido inscritas en el Registro Civil.

24 (Ibíd.párr.324).

25 (Ibíd.párr.468-9).

26 Presidencia República Dominicana. (2014a). “El Gobierno dominicano rechaza la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. 23 de octubre de 2014, http://presidencia.gob.do/noticias/el-gobierno-dominicano-rechaza-la-sentencia-de-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos

27 Rosario, Y. (2014). “Presidente JCE dice Sentencia Corte IDH pretende disolver el Registro Civil”. Diario Libre, 13 de noviembre de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/11/13/i879761_presidente-jce-dice-sentencia-corte-idh-pretendedisolver-registro-civil.html  

28 El Caribe. (2014a). “Leonel dice fallo deslegitima Corte IDH”. El Caribe, 13 de noviembre de 2014, http://www.elcaribe.com.do/2014/11/13/leonel-dice-fallo-deslegitima-corteidh La posición de Leonel Fernández fue respaldada por diputados de diversos partidos. Al respecto, ver Rosario (2014a). “Diputados apoyan la denuncia de Leonel Fernández ante la OEA”. Diario Libre, 15 de noviembre de 2014, http://www.diariolibre.com/noticias/2014/11/15/i883921_diputadosapoyan-denuncia-leonel-fernndez-anteoea.html

29 Acento. (2014c). “Cardenal López defiende al Procurador y arremete contra Corte IDH”. Acento, 10 de noviembre de 2014, http://acento.com.do/2014/actualidad/8193573-cardenal-lopez-defiende-al-procurador-y-arremete-contracorteidh/  

30 Aunque las observaciones finales fueron adoptadas en enero de 2015 se basan en información proporcionada por el Estado y organizaciones de la sociedad civil a través de informes remitidos durante 2014.

31 Comité de los Derechos del Niño. (2015:párr.27-8). Observaciones finales sobre los informes periódicos tercero a quinto combinados de la República Dominicana. Doc. No. CRC/C/ DOM/CO/3-5, 6 de marzo de 2015, disponible en: http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/SessionDetails1.aspx?SessionID=825&Lang=en

32 OBMICA. (2014a). “Sacando Balance: A un año de la Sentencia 168-13. ”Boletín Informativo OBMICA. Año 4, No.3, septiembre de 2014. Disponible en http://obmica.org/index.php/publicaciones/boletines/107-boletin-septiembre-2014

33 Listín Diario. (2014b). “¿Qué pasó en La haya?” Listín Diario, 28 de septiembre de 2014, http://www.listindiario.com/puntos-devista/2014/09/28/339488/print  

Dominican@s por Derecho. (2014f). “Juliana Deguis participará en foro internacional. Red Jacques Viau rechaza campaña de tergiversación”. 12 de septiembre de 2014, https://dominicanosxderecho.wordpress.com/2014/09/12/judeguis-participaraen-foro-internacional-red-jacques-viaurechaza-campana-de-tergiversacion

34 Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana. (2014). Discurso presentado por Vicecanciller Alejandra Liriano, en Oslo. Relaciones Bilaterales y Discurso en La Haya ACNUR, disponible en http://www.mirex.gov.do/index.php/inicior/354-discurso-presentadopor-vicecanciller-alejandra-liriano-en-oslo-relaciones-bilaterales

35 OBMICA. (2014a). “Sacando Balance: A un año de la Sentencia 168-13”. Boletín Informativo OBMICA. Año 4, No.3, septiembre de 2014. Disponible en http://obmica.org/index.php/publicaciones/boletines/107-boletin-septiembre-2014 Los videos de algunos de los paneles celebrados en el marco de esta conferencia están disponibles en https://www.youtube.com/playlist?list=PLyCPa5foUCyWm3VXetG4AXJw7d9GwPUbN

Citación sugerida:
Riveros, N. et al. 2015. Estado del arte de las migraciones que atañen a la República Dominicana 2014. OBMICA. Santo Domingo: Editora Búho.

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