Durante 2016 continuaron las detenciones y deportaciones con base a infracciones de las leyes migratorias, como muestran las estadísticas oficiales obtenidas presentadas en el tema sobre flujo inmigratorio. Las mismas habían sido suspendidas de manera oficial por parte del gobierno durante la ejecución del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en Situación Migratoria Irregular (PNRE) en conformidad con la prohibición de deportaciones contenida en el Decreto 327- 13 que instituía dicho Plan, por lo cual, desde que se acercaba la fecha límite para la presentación de solicitudes al PNRE (17 de junio de 2015), los flujos de retornos de personas tanto voluntarios como involuntarios hacia Haití han sido objeto de monitoreo por parte de diversas organizaciones nacionales e internacionales. Las deportaciones oficiales comenzaron a contabilizarse a partir del 14 de agosto de 2015.
Las preocupaciones por parte de organizaciones de derechos humanos en cuanto a la reanudación de las deportaciones han estado relacionadas principalmente a tres factores. Uno de ellos es que desde la década de 1990 se venían denunciado deportaciones masivas, arbitrarias y sin las debidas garantías judiciales y de debido proceso, habiendo de por medio dos fallos al respecto por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que responsabilizan al Estado dominicano.1
Otro temor deriva del gran número de personas de origen haitiano nacidas en el país afectadas por la Sentencia 168-13 y que a consecuencia de su indocumentación son más vulnerables a verse involucradas en procesos de deportaciones. También es objeto de interés el fenómeno de los denominados retornos espontáneos que empezaron a observarse a partir de junio de 2015 en anticipación al reinicio de las deportaciones, y que derivaron en el surgimiento de campamentos improvisados para retornados del lado haitiano, manteniéndose hasta la actualidad.2 Cabe señalar, sin embargo, que la espontaneidad de estos retornos sería relativa, ya que informes incluyeron testimonios de personas que manifestaron dirigirse a Haití debido a presiones o amenazas por parte de autoridades y personas particulares.3
En 2016 diversos actores a nivel nacional e internacional reconocieron que hubo avances en la manera en que los procesos oficiales de deportación eran efectuados.4 Entre las mejoras observadas se destaca que la Dirección General de Migración suele entregar un listado de datos sobre las personas deportadas a las autoridades haitianas, que las deportaciones generalmente no se realizan de noche, y que las personas son transportadas en autobuses y no en camiones.5 A pesar de ello, organizaciones de derechos humanos criticaron la falta de implementación sistemática de las salvaguardias establecidas para la protección de migrantes contra deportaciones arbitrarias6, y presentaron evidencias de algunas violaciones a lo largo del año que son comentadas a lo largo de esta sección.
En respuesta a denuncias sobre la prevalencia de violaciones de derechos durante las deportaciones, algunas de ellas recogidas en un informe preparado por Amnistía Internacional y ampliamente difundido y debatido a través de medios de prensa en junio de 2016, las autoridades migratorias hicieron referencia a la aplicación de un nuevo Protocolo para la interdicción migratoria que había sido compartido y monitoreado por algunas organizaciones internacionales como la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) y puntos focales de derechos humanos de otras agencias de Naciones Unidas en el país.7 También señalaron que las personas deportadas eran sometidas a un registro biométrico de sus datos para que cada caso fuese debidamente individualizado. Asimismo, el sexto informe periódico presentado por el Estado al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 20 de junio de 2016, a propósito del próximo examen sobre la implementación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, sintetizaba las medidas institucionales previstas para garantizar el debido proceso y las garantías judiciales en los procesos de deportación previstas por la Constitución dominicana y la Ley de Migración vigente (ver recuadro).
En septiembre, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos manifestó que le constaba que las autoridades dominicanas habían colaborado con distintas agencias de Naciones Unidas basadas en el país en el monitoreo a los procesos de deportación, aunque lamentó que personal de su oficina en Ginebra no hubiese tenido acceso directo a estas verificaciones a pesar de solicitudes presentadas al gobierno.8 Por su parte, el Representante del Sistema de Naciones Unidas en el país, destacó asimismo la cooperación brindada por parte del Estado, manifestando satisfacción por los procesos observados y la respuesta oportuna dada a situaciones específicas encontradas.9
A pesar de los avances señalados, organizaciones de sociedad civil manifestaron inquietud respecto al contenido del nuevo Protocolo establecido para las deportaciones, lamentando que el mismo no hubiese sido hecho público.10 Desde su perspectiva, es importante conocer los procedimientos establecidos para asegurar una depuración individual efectiva de los casos, ya que en el pasado se había venido observando que la Ley de Migración vigente y su Reglamento establecían de manera muy general el principio de debido proceso en los procesos de deportación y expulsión sin especificar las medidas para garantizar el acceso a este derecho.11
Organizaciones de sociedad civil también expresaron preocupación respecto a la falta de información sobre los mecanismos de rendición de cuentas para garantizar que tanto funcionarios/as de migración, como miembros de otros cuerpos de seguridad del Estado, respetaran las garantías de debido proceso y otros derechos de las personas migrantes durante las deportaciones. En este sentido, diversos informes pusieron énfasis en las diferencias entre las denominadas deportaciones oficiales versus las no oficiales: las primeras involucran los retornos organizados a través de los diferentes cruces fronterizos oficiales generalmente por parte de agentes de la DGM, mientras que las deportaciones paralelas no oficiales son realizadas en su mayoría por miembros del Ejército Nacional y el Cuerpo Especializado en Seguridad Fronteriza Terrestre (CESFRONT), generalmente a través de cruces no oficiales en el marco de sus funciones de resguardo de fronteras y contención de los flujos de migración irregular.12 En la práctica, los protocolos de comunicación y coordinación entre las diferentes instituciones involucradas en los procesos de deportación no suelen ser claros, observándose que principalmente aquellas realizadas por parte del ejército y CESFRONT son realizadas sin una verificación de las circunstancias de cada caso y sin dejar constancia de las personas involucradas en estos movimientos.13 Cabe señalar que a pesar de que durante las deportaciones oficiales las personas generalmente reciben una orden de deportación y se notifica a las autoridades haitianas, ha sido señalado que las mismas tampoco incluyen otras salvaguardias internacionales importantes como el derecho a impugnar la orden de deportación.14
Como lo nota el informe de Amnistía internacional 15, “a consecuencia de la falta de implementación sistemática de las salvaguardias de procedimiento, hubo casos en los que se deportó a personas que podrían haber apelado contra su deportación.” Tal es el caso de personas nacidas en el país de ascendencia haitiana y personas que aplicaron al PNRE, entre otras categorías de poblaciones vulnerables, lo cual se refleja en algunos de los datos recopilados a través del proceso de observación de fronteras que implementa la oficina de OIM-Haití en colaboración con organizaciones haitianas desde junio 2015 y cuyos datos hasta el 29 de diciembre de 2016 son presentados en la Tabla 5.1. Cabe señalar que aunque los datos de monitoreo de OIM-Haití no son absolutos ya que el ingreso al registro de personas es voluntario, no hay observadores presentes en los cruces no oficiales en todo momento16, y debido a recortes presupuestarios se redujo la cobertura de la frontera en un 50% a partir de septiembre 201617, al ser la única iniciativa de registro y monitoreo de campo permanente y a gran escala, sus datos arrojan tendencias importantes en cuanto a la magnitud y las características principales de los movimientos de retorno y las personas involucradas en éstos.
En relación con aquellas personas deportadas que alegaban haberse registrado al PNRE, los datos obtenidos a través del proceso de observación fronteriza por parte de la OIM-Haití muestran que en su mayoría corresponderían con deportaciones no oficiales, aunque prevalecerían omisiones importantes al debido proceso por parte de agentes de migración. En este sentido, en julio 2016, tras conocerse de la prórroga automática por un año a personas que se les vencía su documento de regularización migratoria, la Red de Centros Sociales de la Compañía de Jesús hizo un llamado especial a agentes de la DGM, así como miembros del ejército y de CESFRONT, para que se tomaran las precauciones debidas que evitasen la deportación de personas con carnet de regularización. En su comunicado, la señalada red puso como ejemplo la deportación de un migrante haitiano con inscripción comprobada en el PNRE y que había sido deportado el 7 de julio por la puerta fronteriza de Jimaní; también se aludía a tres casos de deportaciones detectadas por monitores de los centros sociales en Dajabón que involucraban a personas que llevaban sus carnets de regularización consigo.18
Por otro lado, basándose en entrevistas de campo a personas que habían sido deportadas, el informe de la Clínica de Derechos Humanos de la Universidad de John Hopkins señala que algunas de ellas no habían podido siquiera mostrar sus documentos.19 De igual manera, una denuncia presentada en noviembre por Dominican@s por Derecho sobre una afro-dominicana que había sido detenida por “negra” (ver recuadro) sin solicitarle documentos, evidencia la prevalencia de detenciones basadas específicamente en criterios raciales y discriminatorios.
El informe del Departamento de Estado de Estados Unidos sostuvo, asimismo, que en agosto la OIM había asistido a 13 personas con permisos vigentes de permanencia en el país y que habían sido aun así detenidas en espera de una orden de deportación.20 Estos reportes sugieren que algunas autoridades continúan contraviniendo lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Migración que dispone la detención como un paso posterior a la verificación de la situación migratoria. Otro aspecto preocupante destacado por ambos informes es que persisten situaciones de redadas por parte de agentes migratorios y chequeos de personas en puestos de controles militares que no tendrían por objeto la implementación de las leyes migratorias sino la extorsión de las personas migrantes por parte de autoridades con fines lucrativos.
Asimismo, los datos del monitoreo de fronteras de la OIM-Haití arrojaron que si bien la mayoría de personas (30.944 entre el total de 34.691) que habían sido deportadas y registradas oficialmente habían sido aprehendidas en la calle, 2.048 habían sido detenidas en sus residencias y 1.440 en sus lugares de trabajo21; con relación a estos datos, organizaciones han señalado que durante las deportaciones de trabajadores migratorios se debería haber tenido en cuenta además de su situación individual, su derecho a percibir los salarios y otras prestaciones acumuladas.22 Los allanamientos a personas migrantes en sus residencias también son objeto de preocupación para organizaciones de derechos, ya que muchos/as se ven expuestos/as al despojo arbitrario de sus pertenencias y la interferencia con su privacidad e intimidad familiar.
Deportaciones de personas de origen haitiano nacidas en República Dominicana
Como muestran los datos del monitoreo de frontera sistematizados por la OIM- Haití, al finalizar el año 21.184 personas de ascendencia haitiana nacidas en el país, algunas de ellas con derecho a la nacionalidad dominicana, se habían visto involucradas en los movimientos de retorno tanto voluntarios como forzados hacia Haití. Aunque las estadísticas obtenidas hasta diciembre 2016 no permiten discernir entre los movimientos espontáneos y las expulsiones, con base a datos desagregados hasta abril de 2016 por la OIM, Amnistía Internacional corroboró que la mayoría de ellos había regresado de forma espontánea. Aun así, los datos mostraban que 1.625 personas que sostenían haber nacido en RD antes del 26 de enero de 2010 habían sido deportadas en su mayoría de forma no oficial (1.141).23
A pesar de que el porcentaje de personas deportadas que nacieron en el país sería relativamente bajo (estimado en un 4.8% hasta abril de 2016), la obtención de casos pondría en duda el compromiso por parte de autoridades de evitar estas situaciones, así como la existencia o efectividad de procedimientos para garantizar la depuración debida de personas que aleguen haber nacido en el país. En particular, se observa con preocupación que durante las deportaciones no oficiales no quede constancia alguna de la expulsión de las personas lo cual dificulta el reconocimiento y la sanción oficial por parte de las autoridades respecto a posibles omisiones; asimismo, se ha señalado que el manifiesto de las personas deportadas de manera oficial generalmente no especifica el lugar de nacimiento por lo que la nacionalidad de las personas puede ser determinada erróneamente por parte de los/as funcionarios/as involucrados/as.24 Aunque organizaciones también han conocido de casos en que personas dominicanas de ascendencia haitiana que habían sido detenidas eran liberadas después que familiares demostraban su nacimiento en el país, existe particular preocupación respecto a aquellos/as que no han podido acceder a ningún documento de identidad y los que no tienen ninguna constancia de su nacimiento en el territorio.25
Por otro lado, en relación a la separación familiar como consecuencia de una deportación, al finalizar 2016, 18.975 personas que habían sido deportadas oficialmente y registradas voluntariamente por el proceso de monitoreo de la OIM en Haití, indicaban que aún tenían familiares en República Dominicana.26 Teniendo en cuenta que entre los motivos que tienen personas dominicanas de ascendencia haitiana para ingresar espontáneamente a Haití se incluye el encuentro con sus progenitores/as retornados/as, Amnistía Internacional27 notó que la ausencia de un procedimiento de apelación impedía que personas con hijos/as con derecho a la nacionalidad dominicana impugnaran su deportación con base al principio del interés superior de niños/niñas y el principio de unidad familiar.
Desde la perspectiva del derecho internacional, se siguió señalando que las situaciones de expulsión de dominicanos y dominicanas de ascendencia haitiana constituyen una violación de obligaciones asumidas por parte del Estado respecto a la prohibición de expulsión de personas de su propio país.28 Como lo nota el informe de Amnistía Internacional29, esta noción de “propio país” ha sido interpretada por el Comité de Derechos Humanos de la ONU como aquél con el que una persona ha desarrollado un vínculo estrecho como lo es el hecho de nacer o vivir gran parte de su vida en él. Al respectó, asimismo, la CIDH incluyó en sus recomendaciones al Estado dominicano contenidas en su informe anual 2016, que no se realizaran bajo ningún supuesto expulsiones de personas de nacionalidad dominicana, agregando que toda persona que fuese privada arbitrariamente de su nacionalidad seguiría teniendo derecho a ingresar y salir del país puesto que la República Dominicana continuaría siendo su “propio país” según el derecho internacional.30
Otras poblaciones con necesidades de protección vulnerables a la deportación
La deportación de niños/as desde República Dominicana siguió siendo objeto de interés y preocupación para distintas organizaciones de derechos humanos en 2016.
A pesar de que el artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Migración prohíbe la detención migratoria de menores de edad, así como de lactantes y envejecientes, hubo indicativos de que estas disposiciones no fueron siempre respetadas. Por ejemplo, hasta el 29 de diciembre de 2016, el informe de monitoreo de frontera de la OIM en Haití había contabilizado 1.364 presuntos menores no acompañados que habían sido oficialmente deportados; asimismo, el informe reflejaba que el 5.6% de la población total deportada oficialmente y registrada por la OIM se ubicaba en el rango de edades comprendido entre los 0 y 17 años.31
Asimismo, en su informe sobre deportaciones hacia Haití, Amnistía Internacional aludió a consultas con la Agencia de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, por sus siglas en inglés) en las que esta agencia había manifestado que la mayoría de menores no acompañados no constaban en los listados oficiales dominicanos de deportados/as debido a que habían sido repatriados al margen de los procesos oficiales. Al referirse a testimonios de niños/as que reflejaban que les habían negado el derecho a comunicarse con sus familiares antes de ser deportados/as, la organización concluyó que temía que “la deportación de menores no acompañados puede haber violado el principio del interés superior del niño.” Otras organizaciones también abordaron el impacto de la ausencia de salvaguardias de protección dirigidas a la niñez durante las deportaciones, notando cómo la separación de sus cuidadores/as dejaba a niños/as migrantes cada vez más vulnerables a diversas situaciones de violencia, la incapacidad de satisfacer necesidades básicas por sí mismos, así como a la explotación laboral y la trata de personas.32
Por su parte, el Comité de Derechos de la Niñez, en sus conclusiones sobre la aplicación en República Dominicana del Pacto Internacional de los Derechos de la Niñez adoptadas en 2015, había lamentado que las medidas adoptadas para proteger la vida familiar de menores en el contexto de las migraciones fuesen insuficientes, recomendando la no-deportación de niños/as que estuvieren al cuidado de sus familiares en territorio dominicano.33
Por otro lado, la vulnerabilidad de solicitantes de asilo y personas refugiadas a la deportación y su impacto también fue un tema importante de monitoreo de derechos en 2016. El informe del Departamento de Estado de Estados Unidos 2016 mencionó que fueron reportados algunos incidentes aislados de detención de solicitantes de asilo debido a que no poseían documentos que acreditaran su condición; se sostuvo, asimismo, que las políticas de la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) no incluían directrices para la detección oportuna de necesidades de protección internacional durante los procesos de deportación, y que aunque el debido proceso estaba contenido en las leyes nacionales, generalmente no habían mecanismos puestos en marcha para garantizar la asistencia judicial y evaluar las necesidades de protección ante órdenes de deportación que involucrasen a solicitantes de asilo.34
El Comité de Derechos Humanos también dio seguimiento a esta temática. En su carta enviada al Estado en abril de 2016, toma nota de la respuesta de seguimiento remitida por el Estado a dicho Comité en 2015, solicitando aun así información adicional concreta sobre las medidas adoptadas por el Estado para proveer de documentos de identificación para solicitantes de asilo y personas reconocidas como refugiadas para protegerlas contra la deportación.35. Por su parte, el Estado dominicano no abordó directamente esta consulta en su sexto informe periódico enviado al Comité en junio de 2016.
Situación de personas que retornaron espontáneamente a Haití
Al finalizar 2016, datos de OIM-Haití mostraban que más de 97.000 personas habían retornado espontáneamente a Haití desde que cerraba el plazo para la inscripción en el PNRE en junio de 2015 (ver Tabla 5.1). Muchas de estas personas, que no tenían un lugar a donde ir en Haití, se asentaron en uno de los seis campamentos improvisados que surgieron en la localidad fronteriza de Anse-à-Pitres en Haití. A mediados de enero de 2016 se calculaba que la población asentada en estos campamentos hasta entonces era de 2.203 personas en su mayoría (58.3%) menores de 19 años y con una porción significativa (45.7%) que sostenía haber nacido en República Dominicana, mientras que organizaciones de derechos ratificaban las precarias condiciones de vida y seguridad a las que se enfrentaban.36
Hacia mediados de febrero de 2016, la OIM, junto con las autoridades haitianas y la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la ONU (UNOCHA, por sus siglas en inglés), anunciaron la implementación conjunta de un programa de subsidios de alquiler por un año para que las personas alojadas en estos campamentos fueran reasentadas. Al finalizar el año, la OIM reportaba que 579 familias, equivalentes a 2.320 personas, habían sido asistidas a través de este programa de reubicación, con lo cual según estos datos se habría resuelto la situación de alojamiento de muchas personas antes radicadas en estos campamentos. Sin embargo, en noviembre de 2016 otras organizaciones constataban que muchas personas permanecían aún alojadas en estos campamentos y que sus condiciones de acceso a agua y saneamiento habían sido agravadas por las inundaciones ocasionadas por la tormenta registrada a inicios de octubre de 2016.37 Asimismo, los informes de monitoreo de frontera de OIM-Haití de los primeros meses de 2017 mostraban que el fenómeno de los retornos espontáneos no cesaba, observándose, por ejemplo, que la cifra de retornos había ascendido a 107.719 a inicios de marzo 201738, superando así en 10.000 personas la cifra registrada a fines de 2016.
Referencias
1 Uno de ellos es el caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas vs. República Dominicana, Sentencia del 28 de agosto de 2014, y el otro es el de Nadege Dorzema y otros vs. República Dominicana del 24 de octubre de 2012.
2 El curso de los retornos voluntarios durante 2015 es abordado en mayor detalle en el Estado de las Migraciones publicado el año anterior. OBMICA. (2016). Estado de las Migraciones que Atañen a la República Dominicana 2015. Santo Domingo: Editora Búho, sección 5.4.
3 Ver, por ejemplo, reportaje de Colette-Lespinasse en OBMICA. (2016a). Boletín Informativo. Año 6. No. 1. Marzo de 2016. Disponible en http://www.obmica.org/index.php/publicaciones/boletines/140-boletin-marzo-2016
Amnistía Internacional. (2016). ‘¿Dónde Vamos a Vivir?’ Migración y Apatridia en la República Dominicana y Haití. Índice: AMR 36/4105/2016. Londres: Amnesty International Publications.
4 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2017). Capítulo IV.B República Dominicana. Informe Anual 2016. Washington: CIDH. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2016/indice.asp
Amnistía Internacional. (2016).
Amnistía Internacional. (2017). Informe 2016/17 Amnistía Internacional. La Situación de Derechos Humanos en el Mundo. Índice: POL 10/4800/2017. Londres: Amnesty International Ltd.
International Human Rights Clinic of the Johns Hopkins University Paul H. Nitze School of Advanced International Studies (SAIS). (2016). TORN AT THE SEAM. Migration, Deportations, and Humanitarian Concerns on the Island of Hispaniola. Disponible en https://sais-ihrc.wixsite.com/blog/reports
Durante la audiencia temática sobre derechos humanos y apatridia en República Dominicana, celebrada ante la CIDH el 6 de diciembre de 2016, las organizaciones peticionarias señalaron que las deportaciones continuaban, aunque con menor intensidad.
5 Amnistía Internacional. (2016:25).
6 Amnistía Internacional. (2017).
7 Santiago, D. (2016). “Migración niega que se deporte a los dominicanos de ascendencia haitiana”. Diario Libre. 16 de junio, https://www.diariolibre.com/noticias/politica/migracion-niega-que-se-deporte-a-los-dominicanos-de-ascendencia-haitianaMI4039781
8 Hoy. (2016). “ONU critica RD por expulsiones; reconoce colaboración del país”. Hoy Digital. 14 de septiembre, http://hoy.com.do/onu-critica-rd-por-expulsionesreconoce-colaboracion-del-pais/
9 Batista, S. (2016). “ONU: deportaciones son respetuosas”. Hoy. 15 de septiembre, http://hoy.com.do/onu-deportaciones-son-respetuosas/
10 OBMICA. (2016c:4). Boletín Informativo. Año 6. No. 3. Septiembre de 2016. Disponible en http://www.obmica.org/index.php/publicaciones/boletines/148-boletin-septiembre-2016
Amnistía Internacional (2016:25)
11 Este argumento se ahonda en más detalle en el informe Estado del Arte de la Migraciones 2014. Ver Riveros, N. et al. (2015:117). Estado del Arte de las Migraciones que Atañen a la República Dominicana 2014. OBMICA. Santo Domingo: Editora Búho.
12 OIM-Haití. (2016). Border Monitoring SITREP, 29 de diciembre de 2016. Disponible en http://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/border_monitoring_sitrep_ lxxv.pdf
International Human Rights Clinic of the Johns Hopkins University Paul H. Nitze School of Advanced International Studies (SAIS). (2016).
Amnistía Internacional. (2016).
13 Departamento de Estado de Estados Unidos. (2016). República Dominicana: Informe de Derechos Humanos 2016. Washington, D.C. Disponible en http://www.state.gov/j/drl/rls/hrrpt/humanrightsreport/index.htm?year=2016&dlid=265582
Amnistía Internacional. (2016:24).
14 Ibíd.
15 (Ibíd.:5).
16 Así lo destaca Amnistía Internacional (2016).
17 Así lo señala la OIM-Haití en su boletín del 29 de septiembre de 2016.
18 Centro Bonó. (2016). “Red de Centros Sociales de la Compañía de Jesús saluda extensión vigencia de permisos migratorios y solicita detener deportaciones injustas”. Noticias. 14 de julio, http://bono.org.do/red-de-centros-sociales-dela-compania-de-jesus-saluda-extension-vigencia-de-ópermisos-migratorios-ysolicita-detener-deportaciones-injustas/
19 International Human Rights Clinic of the Johns Hopkins University Paul H. Nitze School of Advanced International Studies (SAIS). (2016:41).
20 Departamento de Estado de Estados Unidos. (2016:11).
21 Organización Internacional para las Migraciones (OIM). 2016. Informe Sistematización Plan Nacional de Regularización de Extranjeros en República Dominicana desde la Perspectiva de la OIM y los Socios Implementadores. Santo Domingo. Documento inédito.
22 Red de Centros Sociales de la Compañía de Jesús. (2016:32). Situación de los Derechos Humanos en la República Dominicana. Informe 2016. Santo Domingo, RD.
23 Amnistía Internacional. (2016:32).
24 (Ibíd.:37).
25 (Ibíd.:34;37).
Esta preocupación también fue manifestada por los peticionarios durante la audiencia temática sobre derechos humanos y apatridia en la República Dominicana ante la Comisión Interamericana realizada el 6 de diciembre de 2016.
26 OIM-Haití. (2016).
27 Amnistía Internacional. (2016:28).
28 Esta disposición está contenida en el artículo 22.5 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.
29 Amnistía Internacional. (2016).
30 Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). (2017:párr.137). Capítulo IV.B República Dominicana. Informe Anual 2016. Washington: CIDH. Disponible en http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2016/indice.asp
31 OIM-Haití. (2016).
32 Red de Centros Sociales de la Compañía de Jesús. (2016).
33 Comité de los Derechos de la Niñez (2015:párr.39-40). NO ENCONTRADO
34 Departamento de Estado de Estados Unidos. (2016:12;7).
35 Comité de Derechos Humanos. (2016a). Carta de Seguimiento enviada al Estado Dominicano por el Relator Especial para el Seguimiento de las Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos, 15 de abril.
36 GARR. et.al. (2016). Human Rights Situation of Families in the Anse-à-Pitres camps. 1 de marzo. Disponible en http://www.ijdh.org/wp-content/uploads/2016/04/GARR-Report-Anse-a-Pitres-2016-ENG.pdf
OBMICA, en colaboración con algunos socios, también lanzó dos videos sobre las vivencias de personas desplazadas en Anse-à-Pitres disponibles en: http://www.obmica.org/index.php/multimedia/134-reportaje-anse-a-pitres-expulsiones-de-dominicanos-y-haitianos y http://obmica.org/index.php/multimedia/135-vicisitudespara-personas-haitianas-deportaciones-desde-republicadominicana
37 Human Rights Watch. (2016b). “Haití: Atrapadas en la pobreza miles de personas apátridas”. 29 de noviembre, https://www.hrw.org/es/news/2016/11/29/haiti-atrapadas-en-lapobreza-miles-de-personas-apatridas
38 OIM-Haití. (2017).