A partir del PNRE, las visas y permisos de trabajadores temporeros no están siendo solicitados por los empleadores.1 Aunque el visado de trabajador temporero fue puesto en vigencia por el MIREX en el 2014, sigue pendiente su incorporación a la Ley de Visados, misma que se encontraba bajo revisión en el 2016. En este sentido, el diagnóstico levantado por el INM-RD2 señala como barrera institucional a la gestión de la migración laboral, “la inexistencia de una visa de trabajo o laboral en la Ley de Visado, lo cual obliga a los consulados a otorgar visa de negocios (NM1) o de residencia (RS) a aquellos trabajadores extranjeros con una oferta de trabajo en el país”.3
Otra tarea pendiente es la de establecer un sistema para determinar cuotas de trabajadores/as extranjeros/as, como debiese realizarse de acuerdo con el artículo 49 de la Ley General de Migración 285-04. Para que esto sea una realidad, habría que reactivar el Consejo Nacional de Migración, tal como señala el Instituto Nacional de Migración:
Sin embargo, se prevé la necesidad de coordinar de forma previa los procedimientos para cuando este tipo de categoría de trabajador se reactive nuevamente…Las cuotas deben ser establecidas en las áreas de la economía donde el CNM, previa consulta con los diferentes sectores de interés (productores, empresarios y sindicatos nacionales), reconozca la necesidad de su contratación, lo que requerirá la reactivación del Consejo.4
Ya se han dado pasos en este sentido, pues hay una meta presidencial en cuanto a la migración laboral que busca regular la emisión de visados de trabajo en función de las necesidades de la economía nacional. El Ministerio de Trabajo planifica realizar consultas con los sectores agrícola y de construcción, y movilizar fondos para hacer algunos estudios focalizados, por ejemplo, sobre mano de obra en la provincia de Altagracia.5 Además, el MIREX está colaborando con el INM-RD para levantar estudios que identifiquen la brecha entre lo que pide la economía nacional y lo que está cubierto en cuanto al sistema de educación superior, siendo la estrategia “suplir con becas para estudio en el exterior y atraer mano de obra cualificada mientras se preparen los nacionales dominicanos”6.
Manejo de estadísticas sobre trabajadores/as migrantes
Tal como se señala arriba, el Ministerio de Trabajo (MT) está enfocado en su meta de crear una plataforma tecnológica que permita capturar y procesar informaciones relacionadas con la migración laboral, dado que “sin estadísticas tú no puedes hacer nada”.7 Dentro del plan estratégico de la institución figura el tema de la información laboral, que formaría la base para la creación de políticas y programas, así como la toma de decisiones.
Actualmente, la Dirección General de Trabajo dentro del ministerio maneja varias bases de datos, entre ellas el SIRLA y el SISCONE. El Sistema Integrado de Registros Laborales (SIRLA) registra todas las planillas de personal fijo de todas las empresas y establecimientos con Registro Nacional Laboral. A su vez, el Sistema de Registro de Contratos de Trabajadores Nacionales y Extranjeros (SISCONE) es una base de datos de todos los contratos de trabajo depositados físicamente por los empleadores en el Ministerio de Trabajo.8 Del total de 938,465 trabajadores/as registrados/as por el SIRLA durante el 2016, 12,909 son extranjeros (9,146 hombres y 3,763 mujeres). Así representarían solo el 1% de la fuerza de trabajo, lo que sugiere un fuerte subregistro en el sistema.
Tabla 4.1
Por otra parte, en el SISCONE fueron registrados contratos de trabajo a favor de 115,769 nacionales y 3,233 personas extranjeras, para un total de 119,002. Entre ellos, 72,109 correspondieron a hombres (61%) y 46,893 a mujeres (39 %). En cuanto al origen nacional de las personas extranjeras con mayores contratos registrados, el 32% correspondió a trabajadores/as de nacionalidad haitiana (957 hombres y 66 mujeres), el 14% a estadounidenses (226 mujeres y 218 hombres), el 9% a españoles/as (210 hombres y 89 mujeres) y el 8% a venezolanos/as (136 hombres y 111 mujeres).9
Tabla 4.2
En el 2012, se creó la Unidad de Migración Laboral con fines de: contribuir al desarrollo de políticas de migración laboral; coordinar con la DGM los aspectos relacionados con la migración laboral; velar por el cumplimiento de los derechos laborales de trabajadores/as migrantes mediante la inspección; coordinar investigaciones sobre migración laboral y su impacto socioeconómico en el país como insumo para la gestión de la migración laboral; colaborar con el Observatorio del Mercado Laboral Dominicano (OMLAD) para hacer recomendaciones al Ministerio de Trabajo sobre la implementación de la política migratoria y el mercado laboral; y velar por la implementación de acuerdos bilaterales o internacionales en materia de migración laboral.10
En el último periodo su accionar se ha limitado a la producción de brochures y algunas iniciativas informativas. En el 2014 la unidad pasó a ser departamento bajo la Dirección General de Trabajo. En el 2016 la dirección del Departamento de Migración Laboral fue asumida por una nueva persona, Ramón Martínez, quien cuenta con experiencia trabajando la temática migratoria en el Ministerio de Interior y Policía. Se espera que pueda contribuir a la reactivación de esa unidad, que tendría un papel importante en el sistema de gestión de migración laboral.
En este sentido, el diagnóstico elaborado por el INM-RD recomienda:
Definir el rol de la Unidad de Migración Laboral como punto focal de orientación y asistencia a usuarios, otorgándole acceso por igual a las informaciones sobre el estatus de expedientes, registro de la empresa en RNL, y participación en la coordinación interinstitucional con MIREX y DGM en materia de migración laboral.11
Departamento de Asistencia Judicial
El Departamento de Asistencia Judicial, el cual forma parte de la Dirección General de Trabajo, atendió a un total de 12,731 trabajadores/as (aproximadamente 60% hombres y 40% mujeres), de quienes 863 o el 7% eran extranjeros/as, mayormente de origen haitiano.12 La asistencia brindada por este departamento no incluye quejas formales. Más bien ese departamento hace clarificaciones y mediación particular para resolver disputas laborales sin que las mismas tengan que llegar a los tribunales. La asistencia puede tomar varias formas: representación jurídica, orientación, asesoría, redacción de actos, documentos, cartas, dimisiones, asistencia y representación, en caso de que proceda el caso a los juzgados y cortes laborales del país. Las quejas formales son sometidas ante los Juzgados de Trabajo y potencialmente apeladas ante los Cortes de Trabajo y la Tercera Sala (Sala de Tierras, Laboral, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo) de la Suprema Corte de Justicia.
Retos y perspectivas
Tras la regularización de miles de trabajadores/as migrantes, se han tomado pasos importantes hacia la creación de un sistema moderno de gestión de la migración laboral, incluyendo su inscripción en la seguridad social. Es importante asegurar que la nueva plataforma tenga interoperabilidad entre todas las instituciones involucradas, incluyendo la TSS, y que su personal esté capacitado para operar, alimentar y consultar la misma con frecuencia, para que la tecnología cumpla su función de eficientizar la gestión.
También requiere de voluntad política de los actores concernidos, no solo para la puesta en marcha de la plataforma, sino para reconocer las ineficiencias existentes en el sistema de gestión de migración laboral ya identificadas por el diagnóstico levantado por el INM-RD y enfrentarlas de manera coordinada y mancomunada. Convendría definir el rol del Departamento de Migración Laboral e integrarla como unidad central en el nuevo sistema de gestión, asegurando que opere con el enfoque de derechos, tal como señala la resolución que ordenó su creación.
Finalmente, sigue pendiente la creación de un mecanismo para “establecer un sistema de cuotas y/o incentivos para permiso temporal o de residencia, que defina la cantidad de inmigrantes requeridos según las demandas del desarrollo nacional”, tal como dispone la Estrategia Nacional de Desarrollo (END 2030)13, línea de acción 2.3.7.3. El INM-RD y el MIREX ya se encuentran coordinando en este sentido, aunque habría que reactivar el CNM para facilitar la implementación de este aspecto de la Ley de Migración.
Las conversaciones iniciales se han centrado en los sectores de agricultura y construcción, por ser los que más extranjeros emplean. Sin embargo, en aras de promover la igualdad de oportunidades dentro de la migración laboral, habría que ampliar la mirada a sectores feminizados tales como el trabajo doméstico y otro tipo de servicios. Un reto que plantean las políticas migratorias de entrada estratificada, como es la de República Dominicana, es hacer que respondan a las necesidades reales de la economía, algunas de las cuales aún no han sido públicamente reconocidas, tales como los trabajos de cuidados. De ahí la importancia de que el Instituto Nacional de Migración incluya en su agenda la investigación sobre la migración laboral en nichos de trabajo feminizados, así como las vivencias de trabajadoras migrantes y las dinámicas migratorias y laborales que las afecten. A raíz de los resultados, podrán ofrecer insumos al Consejo Nacional de Migración que permitan establecer cuotas para su migración laboral, y que tomen en cuenta sus necesidades de información, orientación y migración segura.
Referencias
1 Instituto Nacional de Migración de República Dominicana (INM-RD). (2017b). Diagnóstico para la Implementación del Sistema de Gestión de Migración Laboral. Documento de trabajo. Febrero. Santo Domingo, RD.
2 Ibíd.
3 (Ibíd:16).
4 (Ibíd:22).
5 Entrevista con Viceministro Washington González, Ministerio de Trabajo, 17 de mayo de 2017, Santo Domingo.
6 Entrevista a Marjorie Espinosa Rouge, Viceministra de Relaciones Exteriores para Asuntos Consulares y Migratorios, Ministerio de Relaciones Exteriores, 3 de agosto de 2017, Santo Domingo.
7 Entrevista con Viceministro Washington González, Ministerio de Trabajo, 17 de mayo de 2017, Santo Domingo.
8 Respuesta a solicitud de información OAI-033/17, Oficina de Acceso a la Información, Ministerio de Trabajo, 26 de mayo de 2017.
9 Ibíd.
10 Ministerio de Trabajo. (2012). Resolución No. 14/2012 que crea la Unidad de Migración Laboral. Santo Domingo, DN.
11 INM-RD. (2017b:24). Diagnóstico para la Implementación del Sistema de Gestión de Migración Laboral. Documento de trabajo. Febrero. Santo Domingo, RD.
12 Correspondencia por correo con el director del Departamento de Asistencia Judicial, Lic. Rafael A. Mariano Oviedo, Ministerio de Trabajo, 26 de julio de 2017.
13 Congreso Nacional de la República Dominicana. (2012). Ley Orgánica de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la República Dominicana 2030 (Ley 1-12). Gaceta Oficial No.10656 del 26 de enero de 2012. Santo Domingo, D. N.