Tras varios años de reorientación de la política migratoria en la RD, incluyendo la elaboración del Reglamento de la Ley de Migración (2011), la creación del INM-RD (2015) y la puesta en marcha del PNRE (2014 - 2015), las condiciones están dadas para reorganizar el sistema de gestión de migración laboral.1 En este sentido, el Ministerio de Trabajo, con el apoyo de la OIM, convocó un encuentro interinstitucional en octubre del 2016 sobre migración laboral, con la finalidad de fortalecer el sistema de información administrativa de cara a la efectividad de la regularización de trabajadores/as migrantes.2 Así dieron inicio a un proceso de planificación y coordinación entre varias instituciones involucradas en la migración laboral, incluyendo el Ministerio de Trabajo (MT), el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIREX), la Dirección General de Migración (DGM), la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y el Instituto Nacional de la Migración (INM-RD).
En noviembre de 2016, se solicitó al INM-RD la preparación de un Diagnóstico para la implementación del sistema de gestión de migración laboral, mismo que servirá como hoja de ruta para esclarecer roles y responsabilidades institucionales en la nueva plataforma a lanzarse en el 2017. El objetivo del diagnóstico es:
analizar los roles y funciones institucionales de las diferentes organizaciones vinculadas a la gestión de la migración laboral, que permita identificar las oportunidades y barreras tanto normativas, como procedimentales y operativas, para cumplir con sus funciones, así como fortalecer las capacidades instaladas y la coordinación interinstitucional.3
Uno de los principales hallazgos tiene que ver con el intercambio de informaciones a través de las plataformas que manejan las respectivas instituciones. Coincidiendo con lo encontrado en el “Diagnóstico/Evaluación de los Sistemas de Información Administrativa de Migración Laboral”, elaborado por la OIM en mayo de 2016, el documento de trabajo señala:
Si bien las instituciones del Estado dominicano han logrado la transversalidad de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), aún existe la necesidad de mejorar la interoperabilidad, es decir la habilidad de los sistemas para intercambiar información y utilizar la información intercambiada entre las mismas.4
Además, el Diagnóstico detectó limitaciones en cuanto a la articulación entre las instituciones, las cuales afectan el servicio brindado a los usuarios, sean empleadores o trabajadores/as migrantes:
Al respecto se reportan casos de trabajadores extranjeros que son informados erróneamente y redirigidos de institución en institución a fin de regularizar su situación migratoria, recibiendo información incompleta y diferente en cada institución, lo que genera mayor confusión y desmotiva la regularización.5
A la fecha de publicación de este anuario, ya estaba adelantada la construcción de la nueva plataforma. Se espera que la misma permita “crear un sistema de información sobre migración laboral donde todas las instituciones puedan tener el mismo lenguaje” y que además atienda “los requerimientos de empleadores respecto a la contratación de trabajadores extranjeros”.6
Seguridad Social
La inscripción de empleadores/as y trabajadores/as migrantes ante el Ministerio de Trabajo y ante el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) está abierta actualmente y es posible proceder al registro y a la obtención de la protección social. En el 2016 el presidente Danilo Medina firmó el Decreto No. 96 – 16, que facilita el acceso al sistema de seguridad social para las y los migrantes vinculados al PNRE, al modificar la cédula como requisito, para lo cual abre opciones de documentos de identificación que incluye los entregados por el MIP a migrantes que se acogieron del PNRE. El decreto ordena a la TSS incluir como documentos válidos para la afiliación: el documento definitivo de regularización emitido por el MIP en el marco del PNRE, el carnet migratorio expedido por la DGM, o el pasaporte con visado de trabajo vigente.
Así, a partir del octubre se hizo efectivo la inscripción en el Sistema de Seguridad Social para un total de unos 5,817 trabajadores/as migrantes regularizados/as en el año 2016, cifra que aumentaría a 19,011 para mayo de 2017.7
El sector bananero ha contado con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para facilitar la inscripción de trabajadores/as migrantes, proceso que construye sobre la experiencia previa de apoyo coordinado para la regularización. Se han realizado capacitaciones laborales y de seguridad social para productores y trabajadores, así como jornadas de difusión y promoción de la inscripción en la seguridad social, con el compromiso y activa participación de la TSS, la Dirección de Información y Defensa del Asegurado (DIDA) y el Ministerio de Trabajo (MT), que realizan actividades conjuntas de acuerdo a un plan de trabajo.8
El sector azucarero ha estado entrando en diálogo, ingenio por ingenio, con el MT con el fin de cumplir con sus obligaciones en cuanto a la inscripción de trabajadores regularizados.9
El sector de construcción, por su lado, ha manifestado su resistencia a la obligación de inscribir a trabajadores migrantes en el SDSS, alegando que la naturaleza temporal de su contratación dificulta la inscripción. Dicen preferir la medida temporal (resolución 165-03 del CNSS) adoptada en el 2003 que autoriza al IDSS a seguir prestando servicios médicos a los trabajadores temporales que no estén cubiertos por otras Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).10 Al respecto, el Viceministro Washington González indica, “No hay posibilidad de volver atrás. Ellos son trabajadores asalariados dependientes y en consecuencia caen en el sistema contributivo. En la Seguridad Social tenemos que buscar algún mecanismo para agilizarlo”.11
El registro de trabajadores extranjeros en el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) de la TSS debe ser realizado por los empleadores a través de la página web de la TSS en su perfil, para la asignación de un número de seguridad social (NSS) cuando no se posee cédula. Los empleadores deben digitar los datos de la persona extranjera iniciando por el tipo y número de documento que posee (visa de trabajo, carnet de migración o carnet de regularización) y cargar la imagen del documento en formato PDF.12
Sin embargo, el proceso de afiliación se ha visto dificultado por la misma ausencia de interoperabilidad de sistemas mencionada previamente: la TSS no tenía acceso a las bases de datos de migrantes regularizados que utilizaron el MIP y DGM para la inscripción en el PNRE.13 A finales de 2016 se encontraban coordinando entre sí para superar las trabas encontradas.
Referencias
1 Entrevista con Viceministro Washington González, Ministerio de Trabajo, 17 de mayo de 2017, Santo Domingo.
2 Ministerio de Trabajo. (2016). “Ministerio de Trabajo busca crear sistema de gestión sobre Migración Laboral”, 24 de octubre. http://mt.gob.do/index.php/noticias/item/ministerio-de-trabajo-busca-crear-sistema-de-gestion-sobre-migracion-laboral
3 Instituto Nacional de Migración de República Dominicana (INM-RD). (2017b:2-3). Diagnóstico para la Implementación del Sistema de Gestión de Migración Laboral. Documento de trabajo. Febrero. Santo Domingo, RD.
4 (Ibíb:5).
5 (Ibíd:15).
6 Entrevista con Viceministro Washington González, Ministerio de Trabajo, 17 de mayo de 2017, Santo Domingo.
Ministerio de Trabajo. (2016).
7 Correo electrónico recibido de Viceministro Washington González, 19 de mayo de 2017, vía consulta con el Tesorero de la Seguridad Social, Henry Molina.
8 Correo electrónico recibido de Fernando García Granara, Especialista en Legislación Laboral y Diálogo Social, Oficina Internacional del Trabajo, OIT, San José, Costa Rica, 1 de julio de 2016.
9 Entrevista con Viceministro Washington González, Ministerio de Trabajo, 17 de mayo de 2017, Santo Domingo.
10 El tema se tocó en una reunión del Consejo Consultivo del Ministerio de Trabajo (establecido mediante Decreto 47-99), con empleadores, trabajadores y el Ministerio en el primer semestre de 2017. Ahí, representantes del sector de construcción argumentaron que para ellos tenía sentido mantener el sistema interino para trabajadores con contrato definido, el cual solo cubre seguro médico y no la pensión o riesgos laborales. El Tesorero Henry Molina estaba estudiando cómo inscribir a trabajadores con contrato definido en la seguridad social, que abarca los tres tipos de protección social.
11 Entrevista con Viceministro Washington González, Ministerio de Trabajo, 17 de mayo de 2017, Santo Domingo.
12 INM-RD. (2017:12). “Emigración dominicana: características demográficas y socioeconómicas”. 15 de marzo, disponible en http://inm.gob.do/index.php/noticiasinternas/item/116-migracion-dominicana-y-participacion-porsexo.%20Extra%C3%ADdo%20el%2015%20de%20julio,%202017
13 (Ibíd:29).