El 2015 vio varios avances en términos de la gestión de la migración laboral, incluyendo la decisión de afiliar a trabajadores/as migrantes regularizados/as al sistema de seguridad social, la puesta en vigencia de la visa de trabajador temporero y la automatización de los sistemas de registro laboral por parte del Ministerio de Trabajo (MT).

Seguridad social

El avance más importante del 2015, además de la regularización de gran cantidad de trabajadores migrantes fueron los pasos que se dieron hacia su incorporación al sistema de seguridad social. Primero, en 2014, el Consejo Nacional de Migración emitió la Resolución 01-14, instruyendo al Ministerio de Interior y Policía, en su condición de órgano rector del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros (PNRE), a iniciar un diálogo con el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), el Ministerio de Trabajo, la Dirección General de Migración (DGM) y la Junta Central Electoral (JCE) a los fines de adoptar y poner en vigencia las normas necesarias para que los beneficiarios de cualquier categoría migratoria puedan ser dotados de un número único de identificación y con éste eventualmente sean incorporados al Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS). Más adelante, el 12 de noviembre del 2015, el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) emitió la Resolución No. 377-15, donde se estableció el derecho de afiliación al SDSS de todas las personas de nacionalidad extranjera que se encuentren en situación migratoria regular en el país.

Uno de los obstáculos a la incorporación de trabajadores migrantes al SDSS era que la inscripción requería un número de cédula1, requisito imposible de cumplir para aquellos trabajadores migrantes regularizados que no la poseen. En este sentido, la resolución 377-15 del CNSS ordenó la modificación del Reglamento de la Tesorería de Seguridad Social a los fines de incluir como válidos para afiliación el carnet de trabajador temporero, así como el carnet y el sticker de regularización en el pasaporte expedidos por el Ministerio de Interior y Policía (MIP) en el marco del Plan Nacional de Regularización de Extranjeros. A la conclusión del 2015 estaba pendiente la aprobación de un decreto presidencial para modificar la cédula como requisito y abrir las opciones de documentos de identificación para incluir los entregados por el MIP a través del Plan.

Manejo de estadísticas sobre trabajadores/as migrantes

Dentro de esa garantía de cumplimiento de la normativa por parte del Ministerio de Trabajo está la de garantizar que los empleadores registren sus trabajadores, tanto nacionales como extranjeros. Esto se hace a través del Sistema Integrado de Registros Laborales (SIRLA), el cual registra todas las planillas de personal fijo de todas las empresas y establecimientos con Registro Nacional Laboral. Incluye información sobre nacionalidad, salario, sexo, edad y sector, datos que pueden ayudar al Estado a enfocar o planear las políticas públicas vinculadas a la migración laboral. El MT ha estado haciendo un esfuerzo por automatizar sus actividades y procesos, y en este sentido anunció el 17 de diciembre del 2014 una nueva modalidad del Sistema Integrado de Registros Laborales (SIRLA que “ofrece diversas ventajas a las empresas para presentar, en menor tiempo, los formularios DGT3, DGT4, en los cuales registran los movimientos de personal, como la contratación y salida de nuevos empleados formales, los sueldos, vacaciones y otras informaciones de interés”.2

En el 2015, el SIRLA tenía un registro de 14,159 trabajadores/as migrantes, de los cuales 10,001 eran hombres y 4,158 mujeres. Así representarían solo el 1% de la fuerza de trabajo, en comparación con las 299,185 personas extranjeras (2.9%) que reporta el OMLAD3 en la Encuesta Nacional de Fuerza de Trabajo para el 2015, lo que sugiere un fuerte subregistro en el sistema. El Ministerio de Trabajo reconoce y asume este reto:

La transparencia de todo trabajador migrante que esté en el país, ese es el gran reto, y no es solamente del trabajador migrante, tenemos una franja de trabajadores dominicanos que no se está incorporando a los sistemas de transparencia. No lo tenemos en el Ministerio de Trabajo, no lo tenemos en la seguridad social y la renta obviamente no tiene ninguna información y es algo de lo que inclusive habla la OIT. Aun cuando sean empleos formales, lo que falta es formalizarlo en el sistema. Es un gran reto que tenemos como Ministerio de Trabajo y obviamente se incluye el empleo de los migrantes.4

El Sistema de Registro de Contratos de Trabajadores Nacionales y Extranjeros (SISCONE) es otro sistema de captación de información de trabajadores migrantes que el MT diseñó con el apoyo de la OIT y la OIM en el 2013. Se trata de una base de datos de todos los contratos de trabajo depositados físicamente por los empleadores en el MT para facilitar el sistema de información de dicha institución. Este año el MT no pudo facilitar estadísticas correspondientes al 2015 del SISCONE, debido a una reestructuración del sistema que estaba en curso en el momento de la solicitud.5

Tabla 4.3 Registro de Trabajadores/as en el SIRLA

 Tabla 4.3 Registro de trabajadores en el SIRLA

Departamento de Migración Laboral

En el 2014, la Unidad de Migración Laboral que se creó en el 2012 pasó a formar parte del organigrama del Ministerio de Trabajo bajo la supervisión de la Dirección General de Trabajo. En el 2015 este departamento se enfocó en la formación y divulgación de información enfocada a trabajadores/as migrantes.6

 Departamento de Asistencia Judicial

El Departamento de Asistencia Judicial, el cual también forma parte de la Dirección General de Trabajo, atendió a un total de 13,222 trabajadores/as, de quienes 670 o el 2% eran extranjeros/as, mayormente de origen haitiano.7 La asistencia brindada por este departamento no incluye quejas formales, las cuales son sometidas ante los Juzgados de Trabajo y potencialmente apeladas ante los Cortes de Trabajo y la Tercera Sala (Sala de Tierras, Laboral, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativo) de la Suprema Corte de Justicia.8 Más bien ese departamento hace clarificaciones y mediación particular para resolver disputas laborales sin que las mismas tengan que llegar a los tribunales.

Nacionalización de la fuerza de trabajo

Paralelo en el tiempo al proceso de regularización de migrantes, el Ministerio de Trabajo estaba trabajando en la elaboración de un plan dirigido al cumplimiento del Código de Trabajo en torno a la nacionalización de la fuerza de trabajo, en cuanto a la asignación del 80% de la mano de obra dominicana y el restante 20% para migrantes. En marzo del 2015 la entonces Ministra de Trabajo, Maritza Hernández, sostuvo varias reuniones con representantes de los sectores agropecuario y de la construcción, los cuales presentan altos niveles de contratación de mano de obra extranjera. Expresó que el interés del gobierno era ayudar a esos empresarios a utilizar una metodología que permita “dominicanizar” su mano de obra y resolver cualquier situación que presenten al margen de la legislación.9

 

Retos y perspectivas

Sigue pendiente la creación de una política de migración laboral que vendría a cumplir con lo planteado en la Estrategia Nacional de Desarrollo END 2030 (Ley 1-12):

Objetivo específico 2.3.7: Ordenar los flujos migratorios conforme a las necesidades del desarrollo nacional.

Línea de acción 2.3.7.3: Establecer un sistema de cuotas y/o incentivos para permiso temporal o de residencia, que defina la cantidad de inmigrantes requeridos según las demandas del desarrollo nacional.

Cabe mencionar la necesidad de incorporar una perspectiva de género en el ejercicio analítico de la detección de demanda de mano de obra extranjera, evitando así perpetuar las desigualdades históricas en las oportunidades de migración laboral.

Asimismo, para estos fines es fundamental contar con cifras fidedignas sobre la fuerza de trabajo nacional y extranjera, y seguir formalizando el empleo en general. La (in)formalidad del mercado de trabajo y la regularización de trabajadores extranjeros son dos factores que pueden entrar en contradicción uno con el otro. Por un lado, para formalizar la incorporación de una persona trabajadora migrante, por ejemplo al sistema de seguridad social, es necesario que ella cuente con un estatus migratorio regular. Por otro lado, si la misma persona no tiene un empleo formal (situación en que se encuentran tanto dominicanos como extranjeros), difícilmente podrá cumplir con el requisito de “arraigo sociolaboral” (presentación de un contrato o carta de trabajo) que pide el PNRE para fines de regularización de su estatus migratorio. De hecho, entre todos los requisitos del PNRE, el MIP señala que ese fue el más difícil de cumplir para las personas solicitantes al Plan10, hecho que podría atribuirse tanto a la informalidad del mercado laboral como a la renuencia de muchos empleadores a facilitar la constancia por temor al incumplimiento de la norma 80/20.

La renovación del carnet de regularización y la eventual emisión de un permiso migratorio fundamentado en la Ley de Migración son importantes desde la perspectiva laboral también. En un documento de diálogo sobre migración y desarrollo, la OIM subraya este punto:

Si no se incentiva que los…migrantes que hoy tiene condición regular, la renueven, los que no lo hagan se verán ante dos opciones: salir del país para reiniciar el trámite de visa laboral o entrar de nuevo en condición migratoria irregular y trabajar en condiciones de vulnerabilidad de sus derechos. Para el sector empresarial también sería una pérdida de oportunidad de vinculación de mano de obra requerida en su producción cuando ya están en el país. Para los empresarios perder esta oportunidad representa dos opciones: reiniciar reclutamientos trayendo trabajadores desde el país de origen de manera regular, o repetir procedimientos de contratación a trabajadores en condición migratoria irregular, con consecuencias ya conocidas y regreso al punto de partida anterior al PNRE.11

 

Referencias:

1 Mejía, M. (2015). “Gestionan que extranjeros en situación regular coticen en la seguridad social”. Diario Libre, 5 de agosto. http://www.diariolibre.com/noticias/gestionan-que-extranjeros-en-situacionregular-coticen-en-la-seguridad-socialLE789841

2 Ministerio de Trabajo. (2014). “Sistema de Registros Laborales (SIRLA)”, 18 de diciembre. http://www.ministeriodetrabajo.gob.do/index.php/noticias/item/nequeporro-quisquam-est-qui-dolorem-ipsumquia-dolor-sit-amet-copy-copy-2

3 Ministerio de Trabajo. Observatorio del Mercado Laboral Dominicano (OMLAD). Disponible en: http://www.omlad.gob.do/EstadísticasLaborales.aspx

4 Entrevista con el Director General de Trabajo, Ministerio de Trabajo, 4 de julio de 2016, Santo Domingo.

5 Ministerio de Trabajo. Respuesta a solicitud de información pública OAI 025 - 027/16, 1 de julio de 2016.

6 Entrevista con el Director General de Trabajo, Ministerio de Trabajo, 4 de julio de 2016, Santo Domingo.

7 Correspondencia por correo con el Departamento de Asistencia Judicial, Ministerio de Trabajo, 6 de julio de 2016.

8 Observatorio Judicial Dominicano. Sin fecha. “Justicia Laboral en la República Dominicana”. http://ojd.org.do/index.php/laboral

9 De la Rosa, J. M. (2015). “Gobierno busca ‘nacionalizar’ el mercado laboral en el país”. El Día, 12 de marzo. http://eldia.com.do/gobierno-busca-nacionalizar-el-mercado-laboral-en-el-pais/

10 Entrevista al Viceministro para Naturalización y Migración del Ministerio de Interior y Policía (MIP), 21 de junio de 2016.

11 Organización Internacional para las Migraciones (OIM). (2016b:33). La vinculación entre la migración y el desarrollo en República Dominicana: Tendencias y oportunidades. Documento para el diálogo sobre Migración y Desarrollo. Mayo. Santo Domingo. Documento inédito.

 

Citación sugerida:
OBMICA. 2016. Estado de las migraciones que atañen a la República Dominicana 2015. Santo Domingo: Editora Búho.

* Los enlaces a páginas externas citados para la elaboración de los informes EDM podrían no estar funcionales a la fecha de su consulta en este portal.